ITBIS llevado al COSTO

ITBIS llevado al COSTO

¿CUANDO EL ITBIS SE LLEVA AL COSTO?

El ITBIS se lleva al costo cuando una empresa que brinda servicios que no están grabados con este impuesto hace compras que si están grabadas con dicho impuesto. Por ejemplo; una empresa que se dedica a la preparación y planificación de eventos artísticos vende exento de ITBIS, ya que se considera un servicio cultural y dichos servicio no paga ITBIS (Art. 344 de la Ley 11-92). Cuando dicha empresa alquila o compra los diferentes bienes muebles a sus proveedores para poder realizar sus eventos (sillas, juego de luces, equipos de audio, etc.) está pagando una factura que si va a estar grabada con ITBIS; este ITBIS se lleva al costo, ya que no lo podemos poner como ITBIS adelantado porque nuestra empresa vende exento.

¿Para qué sirve llevarse el ITBIS al COSTO?

Una empresa que venda exento de ITBIS si no existiera la opción de llevarselo al costo el día 20 de cada mes cuando vaya a pagar el ITBIS a la DGII siempre se le va a generar saldo a favor. Para evitar esto se creó la posibilidad de que las empresas que venden exento al hacer una compra grabada el ITBIS de dicha compra lo usemos como costo de venta, lo cual nos ayuda a reducir el Impuesto sobre la renta a final de año.